Opción Tarifaria transitoria Resolución CREG 109/20

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Estimado Usuario: Si su servicio es de estrato 3, 4, 5, 6, de uso comercial o industrial regulado, aquí puede acogerse a la opción tarifaria. Si su servicio es de estrato 1 ó 2, le aplicará la medida de manera automática.

En cumplimiento de la Res. CREG 109/2020 que modifica la Res. CREG 048/2020, informamos que los usuarios de estrato 1 y 2, no podrán solicitar su retiro de la opción tarifaria transitoria. Esta opción se reflejará durante un periodo mínimo de 12 y máximo de 60 meses, a partir de su aplicación.

Si desea conocer más sobre la opciĆ³n tarifaria transitoria descarga el siguentes documentos

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